La autoridad laboral velar谩 por la efectividad del periodo de consultas pudiendo remitir, en su caso, advertencias y recomendaciones a las partes que no supondr谩n, en ning煤n caso, la paralizaci贸n ni la suspensi贸n del procedimiento. Igualmente y sin perjuicio de lo establecido en el p谩rrafo anterior, la autoridad laboral podr谩 realizar durante el periodo de consultas, a petici贸n conjunta de las partes, las actuaciones de mediaci贸n que resulten convenientes con el fin de buscar soluciones a los problemas planteados por el despido colectivo. Con la misma finalidad tambi茅n podr谩 realizar funciones de asistencia a petici贸n de cualquiera de las partes o por propia iniciativa See more